El Real Decreto 742/2013 marca las pautas técnico-sanitarias a nivel nacional, pero en territorio aragonés es imprescindible integrar las exigencias del Decreto 50/1993 y los Decretos 53/1999 y 119/2006. Este marco legal obliga a todas las piscinas de uso colectivo en Aragón a implantar un Protocolo de Autocontrol que proteja la salud de los bañistas frente a posibles peligros físicos o químicos.
Todas las piscinas de uso público en España
En algunas comunidades autónomas también es obligatorio en las
Nuestro servicio se estructura en tres fases para garantizar que tu piscina cumpla:
Incluyendo fotografías, detalles técnicos, aspectos estructurales y organizativos.
Evaluación de los sistemas de gestión existentes y revisión de actas de inspección sanitaria.
Problemas técnicos que puedan afectar el cumplimiento del Real Decreto 742/2013 y Decretos Autonómicos.
Gestión completa ante la autoridad sanitaria competente.
Tratamiento y control del agua
Mantenimiento de la piscina
Limpieza y desinfección
Seguridad y buenas prácticas
Plan de control de plagas
Gestión de proveedores y servicios
Al responsable, acompañado de instrucciones prácticas para su implementación.
Comprobación de la implantación de recomendaciones y adaptación a cambios normativos
Atención permanente para resolver dudas, consultas y requerimientos de Sanidad.
Incorporación de nuevos procedimientos, tareas y ajustes de seguridad según la normativa vigente.
Ofrecemos flexibilidad total con dos opciones configuradas según tu infraestructura.
Ideal para equipos con capacidad de autogestión de datos que buscan agilidad.
Recomendada para organizaciones que desean una solución "llave en mano" con máxima precisión.





Protege la salud de tus usuarios, garantiza el cumplimiento legal y simplifica la gestión de tu piscina. Empieza hoy con Autocontrol Sistemas.
El documento técnico-sanitario que establece los procedimientos de control del agua, mantenimiento, seguridad y limpieza de una piscina. El Real Decreto 742/2013 obliga a todas las piscinas de uso colectivo a disponer de este protocolo para garantizar la protección de los usuarios y prevenir riesgos.
Todas las piscinas públicas o de uso colectivo en España (tipos 1 y 2), incluyendo hoteles, campings, spas, centros deportivos, parques acuáticos o piscinas municipales.
No disponer del Protocolo Autocontrol Piscinas puede suponer sanciones económicas, cierre temporal de la instalación o prohibición de apertura en temporada. Además, aumenta el riesgo de incidencias sanitarias y problemas en inspecciones.
Realizamos una toma de datos inicial, diagnóstico técnico, revisión de inspecciones, tramitación del expediente y la creación del protocolo personalizado. Después ofrecemos controles anuales, asesoramiento continuo y actualizaciones para asegurar que tu piscina cumple la normativa en todo momento.
Sí. Tu consultor asignado te solicitará los datos necesarios para la elaboración del protocolo. En Autocontrol Sistemas nos encargaremos de la redacción completa del documento y lo recibirás cómodamente en tu domicilio.
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